jueves, 27 de junio de 2013

La Infanta y Hacienda

La Agencia Tributaria envió al Juez de Palma que instruye la causa contra Iñaki Urdangarín la información obrante en sus bases de datos sobre la Infanta Cristina, incluyendo la referencia a trece ventas de inmuebles. La Casa Real inmediatamente declaró que la Infanta nunca fue titular de esas fincas y nunca procedió a su transmisión. El resultado ha sido una polémica acerca de la realidad de las ventas y la fiabilidad de los datos de la Agencia.

Aunque los comunicados del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas han sido escasamente explícitos, lo que tratan de expresar es la causa más probable del error: alguien, probablemente en un Registro o Notaría, al tratar de incorporar al archivo que se ha de remitir a la AEAT la información a dichas ventas, se encontró que no tenía el NIF correcto del vendedor, o no tenía NIF alguno. Como el programa informático no le aceptaría la información sin NIF, y había descubierto (o alguien le había dicho) que el programa aceptaba que, en lugar de NIF se introdujese el número 14, así lo hizo, pensando que ese número no era un NIF, ya que este número habitualmente tiene siete u ocho dígitos. Pero era un NIF real, perdón, Real: el de S.A.R. la Infanta Cristina Federica de Borbón y Grecia, Duquesa de Palma de Mallorca.

Hacienda no lo había detectado, ya que envió al Juez la información de que disponía, sin verificarla, lo que hubiese requerido unas actuaciones que no le correspondían, al estar el asunto en sede judicial. El Juez, ante la negativa de la Casa Real, hizo lo que hubiera hecho la AEAT: solicitar las escrituras, en que no aparece ninguna referencia a la Infanta. Y, así, ese error en la información facilitada por la Agencia no tiene ninguna consecuencia.

Lo que ha sucedido es normal. La AEAT recibe un enorme volumen de información procedente de muy distintas fuentes, que no verifica sistemáticamente. Pero esta información sirve para el desarrollo de los procedimientos tributarios, en todos los cuales se prevé un trámite de audiencia al interesado. Si el error se hubiese detectado en un procedimiento, o bien la propia AEAT hubiera obtenido las escrituras por iniciativa propia, con lo que nunca hubiese imputado las ventas a efectos tributarios a la Infanta, o la representación de ésta hubiese negado que le correspondiesen, lo que hubiese llevado igualmente a pedir las escrituras.

Ello no significa que la información de que dispone la Agencia no sea fiable; solo significa que puede tener errores, como toda obra humana. Y, en cuanto a la veracidad de los datos que constan en el borrador, la propia AEAT ha repetido incansablemente que el borrador ha de ser revisado, porque es consciente de que esa información no es completa (lo que es una forma de error) y porque puede contener inexactitudes. Claro está, quien confirma el borrador sin revisarlo, o quien no formula alegaciones en un procedimiento tributario, debe atenerse a las consecuencias de su propia negligencia.

Pero el problema fundamental es que un documento que contiene información destinada a fundamentar actos administrativos, previo el correspondiente procedimiento, que se remitió a un Juez, que ha de dictar una resolución previos los trámites procesales oportunos, llegó a los medios de comunicación que, sin ningún tipo de cautela, sin comprobar nada y sin ponerse en contacto con los interesados, hicieron pública, no la información, sino las consecuencias que ellos mismos, carentes de conocimientos especializados, extrajeron. Los medios de comunicación desarrollaron un juicio paralelo, sin las mínimas garantías, sin preocuparse de verificar nada, ¡y se atreven a criticar a las instituciones!

Se ha sugerido que las ventas pueden haber sido imputadas a la Infanta conscientemente por Hacienda, a fin de justificar unos fondos que podrían aparecer en su patrimonio, realmente procedentes de su participación en los "negocios" de su marido. Esa hipótesis no tiene pies ni cabeza, y buena prueba de ello es que se descubrió el error de forma inmediata y, además, lo puso de manifiesto quien supuestamente estaba interesado en simular un origen "honrado" de esos fondos que, por demás, no han aparecido. Las transmisiones de activos financieros, por ejemplo, dejan un rastro mucho más difícil de seguir, por lo que hubiesen sido un camuflaje infinitamente mejor.

Eso sí, aunque las ventas de inmuebles no tienen necesariamente una repercusión en las declaraciones fiscales (es preciso que haya una diferencia entre el precio de compra y el de venta, previa la aplicación de coeficientes correctores en determinados casos) la AEAT debería explicar por qué no realizó ninguna comprobación de esas declaraciones de una contribuyente que había vendido trece fincas en dos años. Ahí si que parece que la Infanta haya tenido una clarísima bula.

No hay comentarios: